En el marco de la defensa de los intereses del sector empresarial formal al que representa la Cámara Nacional de Comercio (CNC – BOLIVIA), y ante la compleja situación que afecta a los operadores de comercio exterior del país, hemos transmitido formalmente a las autoridades gubernamentales del Estado Plurinacional de Bolivia los siguientes criterios: El
En el marco de la defensa de los intereses del sector empresarial formal al que representa la Cámara Nacional de Comercio (CNC – BOLIVIA), y ante la compleja situación que afecta a los operadores de comercio exterior del país, hemos transmitido formalmente a las autoridades gubernamentales del Estado Plurinacional de Bolivia los siguientes criterios:
- El artículo 6 del Tratado de 1904 está siendo vulnerado dado que no se garantiza el amplio y libre derecho de tránsito comercial por el territorio de Chile. La carga boliviana se encuentra retenida en el Puerto de Arica, generando enormes perjuicios que afectan de manera directa la competitividad de las empresas formales del país.
- Entendemos que el espíritu de creación de la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP-B) era el de velar por el cumplimiento del Tratado de 1904 como entidad pública descentralizada sin fines de lucro. Lamentablemente, la reciente transformación de ASP-B en empresa pública estratégica ha empujado a esta entidad a enfocarse en la recaudación de recursos económicos que garanticen la sostenibilidad de las operaciones, a pesar de que esta decisión se traduce en la generación de sobrecostos a los operadores de comercio exterior de Bolivia. Esta situación ha sido señalada de manera reiterada por la CNC-BOLIVIA.
- Como entidad respetuosa de la institucionalidad, las normas y, ante todo, los intereses de Bolivia, la CNC-BOLIVIA mantiene una posición clara, tratando de coordinar mecanismos de solución a través de nuestros representantes, tanto en el puerto como en el ámbito diplomático, pero también señala la urgencia de llegar a un acuerdo que frene los perjuicios que nuestros asociados, y las empresas bolivianas en general, están enfrentando actualmente.
- En este contexto, se ha solicitado a Cancillería realizar gestiones necesarias para asegurar que los operadores de comercio exterior de Bolivia no asuman ningún costo adicional por sobreestadía dado que la situación se enmarca claramente dentro de un caso fortuito y/o fuerza mayor que no depende del actor privado boliviano. Asimismo, se ha solicitado a Cancillería impulsar soluciones efectivas e inmediatas al problema, dado que resulta evidente la incapacidad de ASP-B para encontrar soluciones que permitan resolver el conflicto, conforme dispone el inciso j) del Artículo 10 del Decreto Supremo No. 2406.
- Instamos a las entidades público – privadas relacionadas a la operativa del Puerto de Arica, para que dejen suspendidas cualquier medida que entorpezca el correcto flujo de la carga boliviana en tránsito de y hacia Bolivia, hasta que se arribe a un acuerdo definitivo con el Estado Boliviano. En caso de no resolverse el conflicto de manera inmediata,
- Ratificamos la propuesta presentada días atrás por la Cámara Nacional de Comercio (CNC – Bolivia) y la Cámara Nacional de Industrias (CNI), para que en el marco de la normativa legal vigente, la ASP-B retome sus funciones de representación de los intereses del país en el Puerto de Arica como garante del Tratado de 1904, dejando en manos de una Asociación Público Privada (APP) la administración de la carga boliviana, bajo criterios de eficiencia y competitividad.